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La Procuraduría General de la Nación le solicitó a Carlos Cadena Gaitán, secretario de movilidad, responder por el aparente incumpliento del fallo de la Corte Constitucional, sentencia C-038 del 2020, por el cual se establecen los lineamientos para el cobro de las amonestaciones por fotomultas.
En su acto, la Corte estableció que la responsabilidad es individual y, por lo tanto, los fotocomparendos se deben colocar a nombre del conductor que maneja, pues es el sujeto que viola el reglamento pactado.
Ahora bien, el funcionario tiene cinco días para presentar al Ministerio Público las medidas adoptadas, que eviten la imposición de infracciones dudosas o inexistentes a los civiles radicados en Medellín.
La misma decisión se emitió contra los secretarios de movilidad en las ciudades de Cali y Bogotá.